Nunca está de más recordar las diferencias.
4.2.3.- SITUACIÓN DE ALERTA MÁXIMA.
Se estima que el riesgo meteorológico es extremo (fenómenos meteorológicos no
habituales, de intensidad excepcional y con un nivel de riesgo para la población muy alto).
Como objetivo general:
Se reforzarán los mecanismos para la actualización de la información y su difusión
a la población.
Se establecerán instrucciones tácticas de preparación que permitan disminuir los
tiempos de respuesta de la intervención.
Estarán disponibles los medios que permitan realizar una primera valoración en
caso de materializarse efectos adversos y una primera intervención.
Se podrán adoptar medidas preventivas de protección a la población y bienes
incluyendo el cese de actividades.
El cambio de situación de alerta a alerta máxima trae consigo la emisión de avisos y
orientaciones de autoprotección a la población que proporcionará recomendaciones
orientativas de actuación ante el riesgo meteorológico que se prevea a muy corto plazo.
Para los más curiosos:
http://www.gobcan.es/dgse/descargas/pefma_2013_rev7.pdfEn resumidas cuentas: Todos los avisos forman parte de una cadena, para ir activando diferentes unidades de actuación, desde preparativos hasta auxilio. Lo que tenemos que hacer es tener sentido común y no exponernos a riesgos innecesarios.
Feliz temporal!!!