yo ya os comete que me suena mejor "hispana", por el tema de la lengua, que es mayoritaria en el foro,
-el artículo 2.1 no lo veo claro (ya se aclarará):
• Federar a los cazadores de tormentas españoles dentro de un organismo oficial.
propongo:
• Federar (reconocer) a los cazadores de tormentas españoles para cooperar con organismos oficiales. (independientemente del país)
-el art. 2.6 lo veo redudante:
• Favorecer la colaboración entre los aficionados y los profesionales de la Meteorología.
(quizás se podría incluir en el 2.1)
-el 2.7 también redundante:
• Favorecer una información estrecha y pedogógica por medio de folletos, documentos...
se puede incluir en el 2.2,2.3 o 2.4, o incluso agrupar esos en un solo objetivo
-el 2.8 está confuso:
• Permitir el avance en la búsqueda de una comprensión y aprensión de los riesgos asociados a los fenómenos tormentosos.
¿aprensión?
como "opinión, figuración, idea infundada o extraña.", o como aprehensión (acción y efecto de aprehender, concebir las especies de las cosas sin hacer juicio de ellas o sin afirmar ni negar)
- art.3, la web, quizás se podría vincular como sitio social, pudiendo tener sitio físico alternativo (a lo mejor con certificados digitales se podría establecer el sitio social como el mismo servidor donde está la web, o la misma web, y quizás poder tener otro alternativo y secundario "físico"
- el art. 4 no es lógico,
propongo: la duración de la asociación será mientras haya tormentas capaces de ser cazadas, en caso contrario se disolverá la asociación (o por lo menos se establecerá una veda con el fin de incrementar el indice cinegético de las susodichas)
edito1:
-art. 5, admisión,
el tema de menores es delicado, por el tema de cuotas o por el de responsabilidad, al margen de la moderación que se pueda hacer en el foro, del uso que pueda hacer el socio del nombre, material, actos,.., en mi opinión sería necesaria la vinculación del tutor, con dni, y estas cosas, que algunos estarán lejos y quizás hasta ni se llegue a conocer personalmente.
lo de la discriminación tampoco lo veo necesario, la constitución ya lo obliga, ese punto creo que es legalmente necesario y de obligado cumplimiento (aunque solo sea idealmente),
me suena raro "prohibir una discriminación", ¿como la prohibes? ¿que hago si alguien no quiere jugar conmigo? ¿o no quiere hablar conmigo? (contra la discriminación solo cabe la argumentación),
pero me gusta lo de"velará y garantizará la libertad de conciencia para cada uno de sus miembros", un objetivo digno de admiración, si duda alguna.
-art.6 ¿por que no puede haber socios honorarios?¿o socios de "fila cero"? ¿?, no creo que sea imprescindible la participación activa, muy recomendable si, ¿pero obligatoria?
-art.7 ¿fallecimiento? hombre, por lo menos se podía hacer un asociado+, ¡coño, que si encima de morirte cazando un huracán te echan de la asociación!
"Supresión" lo cambiaría por "reiteradas faltas graves", y calificar en normativa las faltas.
-art.8 asamblea ordiaria,
la frecuencia mensual quizás es excesiva igual es mejor hacerla más larga, y en caso necesario hacer extraordiarias (cada mes si es necesario).
tampoco veo lo de los menores en el consejo de administración, por el tema de la responsabilidad..., quizás como miembro consultivo si se diera el caso,
también añadiría la posibilidad de delegar, ya que es seguro que nunca estará todos los socios en las asambleas, y ya que el mayor vínculo, y más próximo es el foro, habrá temas que se podrá debatir y en caso de voto siempre habrá muchos que le gustaría participar, no veo mal que puedan apoyar una determinada opción mediante delegación de voto a otro asociado (que comparta esa misma postura en algún tema concreto a tratar)
-art.9 Consejo de administración,
lo del azar no me parece buena idea, mejor con candidaturas, votaciones, mediante vox populis o al azar excluyendo al saliente si no hay candidaturas,si se quiere, o algo así,..., si alguien tiene muchas ganas de hacer cosas, y todos estamos de acuerdo, ¿porque tiene que ser el azar?
veís, el voto por "procuración" aquí si que es válido, ¿porque no para los asociados?
-art.10 Financiación
cesiones,
(cualquier aportación de recursos y/o bienes que cumplan la legislación española vigente)
"Las funciones de los miembros del consejo de administración son benévolas." ¡melo'splique!
está claro que las labores del consejo tienen que tener su reflejo contable, ¿si no que hacen?, vamos creo que eso es inherente a cualquier actividad,
no veo necesario "Estos gastos serán reembolsados en la contabilidad y aparecerán en el balance financiero.", por lo que decía me parece inherente a la mera existencia de una asociación y una contabilidad como tiene que ser
(por cierto un programa muy bueno, gratuito (por principio y afición), con soporte, foro, hecho por gente de zaragoza: GestionMGD)
art.11 reglamento interno,
lo cambiaría por "Normativa", y sin explicitar interna o externa, (me suena menos a cuchillo)
art.13 disolución
¿incluir que los bienes sea para fines benéficos, donados para investigación,....?(o algo así)
en el tema de bienes se debería incluir "bienes con derecho a uso", "cedidos" , o algo así, para poder mantener la privacidad de algunos bienes si es necesario, cosa muy factible, como por ejemplo poder tener el mantenimiento de estaciones ajenas, con derecho a uso,...
(ya modificaré este mensaje)
(A.C.A.M. no suena mal)